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KARLA JEANNETTI PRECIADO RAMÍREZ
SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN
Y FINANZAS

CONTACTO  ​​
​1000-4622 Ext. 1462

Atribuciones de la Secretaría de Administración y Finanzas


​
​Artículo 98. Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Administración y Finanzas, las siguientes:
  1. Establecer políticas que en materia de Administración y Finanzas, permitan la eficiencia financiera y el cuidado del patrimonio sindical;
  2. Gestionar la creación del Fondo de Ahorro Solidario para los trabajadores del Instituto;
  3. Generar programas de servicios y solidaridad sindical que beneficien a los agremiados, a partir de la Administración del Fondo de Ahorro Solidario de los Trabajadores del Instituto;
  1. Contribuir en la instrumentación y aplicación de las normas y lineamientos para la administración de los recursos humanos, financieros, materiales e informáticos destinados al cumplimiento de las metas y compromisos establecidos en el presente Estatuto; y,
  2. Aplicar normas, controles y procedimientos preventivos para el uso adecuado de los bienes y recursos del Sindicato.
  3. En materia de Finanzas, las siguientes:
    1. Ser responsable de la custodia y el manejo de los fondos del Sindicato.
    2. Ejercer el Presupuesto de Egresos.
  4. Otorgar recibo de los fondos que ingresen a Finanzas, suscrito en forma mancomunada por quien represente a las autoridades del Instituto.
  5. Disponer de los recursos necesarios para cubrir los gastos que originen las actividades del Sindicato.
  6. Proporcionar todo lo necesario para que se efectúen confrontaciones o revisiones a la contabilidad general, cuando así lo ordenen los Órganos de Gobierno del Sindicato.
  7. Promover iniciativas tendientes a incrementar los ingresos del Sindicato por fuentes diferentes a la cotización sindical.
  8. Recibir, custodiar e invertir, previo acuerdo con la Secretaría General, los fondos que se obtengan como precio por la enajenación de bienes del Sindicato.
  9. Recaudar con oportunidad de la oficina o empresa que corresponda, mediante recibos y relaciones autorizados por la Secretaría General, las cantidades que por concepto de cotización de sus miembros, deben cubrirse al Sindicato.
  10. Recibir y administrar las cantidades que por concepto de cotización de los trabajadores miembros, deben cubrirse al Comité Ejecutivo Nacional, informando a los Órganos de Gobierno correspondientes de los retrasos o incumplimientos que se generen.
  11. Informar de su gestión a la Asamblea General, y en su caso, responder por irregularidades o incumplimiento de sus obligaciones, independientemente de la responsabilidad legal que pudiera serle atribuida.
  12. Definir, operar y controlar, con el acuerdo de la Secretaría General, los asuntos relacionados con el personal comisionado y contratado directamente al servicio del Sindicato, estableciendo los procedimientos para su selección y contratación; definiendo los puestos, perfiles, requerimientos y métodos para la calificación del desempeño y su estímulo.
  13. Proporcionar y administrar las prestaciones económicas o de servicios para el personal contratado por la organización.
  14. Mantener actualizados los inventarios, catálogos y archivos correspondientes a la documentación de bienes muebles e inmuebles, y controlar su registro, manejo y movimientos o transferencias en el ámbito de la Representación Nacional.
    • Controlar el recibo, registro y despacho de la correspondencia y paquetería del Sindicato.
    • Establecer y controlar los dispositivos contra riesgos y siniestros.
  15. Gestionar la adquisición y suministro oportuno de materiales o instrumentos de trabajo que se requieran para el funcionamiento administrativo general del Sindicato.
  16. En materia de Patrimonio Sindical, las siguientes:
    1. Establecer mecanismos del proceso de entrega-recepción de los bienes que administran los dirigentes de los diversos Órganos de Gobierno.
      1. Ser responsable de la custodia y el manejo de los bienes muebles e inmuebles del Sindicato.
      2. Establecer y mantener el Registro Nacional de los Bienes Muebles e Inmuebles del Sindicato.
    2. Solicitar se incluyan en el Presupuesto Anual de Egresos, los recursos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones fiscales que se deriven del Derecho de Propiedad de los Bienes Muebles e Inmuebles.
    3. Proporcionar todo lo necesario para que se efectúen confrontaciones o revisiones del Registro Nacional de Bienes Muebles e Inmuebles, cuando así lo ordenen los Órganos de Gobierno del Sindicato facultados para ello.
Torre Prisma. Av. Juárez # 101, piso 12, Centro, C.P. 06040, CDMX
1000 - 4622 ext. 1461, 1462, 1463, 1464,1465, 1467, 1468
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