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SECRETARIO DE ESCALAFÓN

CONTACTO  ​​
​1000-4622 Ext. 1462
Atribuciones 
​

Artículo 99. Son atribuciones y obligaciones de la Secretaría de Escalafón las siguientes:


    1. En materia de Escalafón, las siguientes:
  • Mantener actualizado el Catálogo General de Puestos Institucionales de los trabajadores del Instituto.
  • Llevar a cabo cálculos y proyecciones salariales con base en los presupuestos autorizados por la Cámara de Diputados para el renglón de las previsiones salariales y económicas.
  • Elaborar los analíticos de plaza, manteniendo actualizada la información del número total de plazas y categorías que se tienen registradas en el Instituto.
  • Informar de las actualizaciones de los tabuladores salariales según la Evolución Salarial que logre el sindicato en la Negociación Salarial y de Prestaciones.
  • Asesorar a los Delegados Sindicales en materia de los movimientos de escalafón que se presente y en que se puedan ver beneficiados los trabajadores del Instituto.
  • Vigilar el cumplimiento de los requisitos de los candidatos a Ingresar al Instituto, así como de la aplicación de las evaluaciones que correspondan.
  • Mantener informado a la Secretaría General de los avances en los procesos de escalafón e ingresos.
  • Implementar un sistema de expediente escalafonario por trabajador con la finalidad de conocer su trayectoria en el Instituto, y que de ser necesario pueda ser requerido como antecedente.
  • Mantener de manera permanente la intervención, elaboración y difusión de los cursos de capacitación para el trabajo que el Instituto proporcione a sus trabajadores.
  • Gestionar ante las autoridades el cumplimiento de su obligación de proporcionar la permanente capacitación, actualización y superación profesional de los trabajadores del Instituto en instituciones públicas y privadas;
  • Incidir ante las autoridades correspondientes, para reformar las leyes laborales, a fin de establecer normas escalafonarias acorde a los tiempos actuales.
  • Pugnar porque la Normatividad en materia de derechos escalafonarios sea revisada de manera permanente para su actualización y perfeccionamiento.
  • Garantizar los ascensos escalafonarios y las claves correspondientes, así como emitir las basificaciones y dictámenes, conjuntamente con las Comisiones Mixtas de Escalafón.
  • Promover la participación de los trabajadores del Instituto en programas laborales y profesionales, que permitan en su momento, a los agremiados ascender por preparación profesional y antigüedad en el servicio.      
    2. En materia de Promociones, las siguientes:
  • Pugnar por el establecimiento de un reglamento de promociones en forma bilateral con el Instituto, que incluya Cambios de adscripción de Centro a Centro, permutas e interinatos.
    3. En materia de Formación, Capacitación y Profesionalización Sindical, las siguientes:
  • Realizar de manera permanente, cursos, seminarios, talleres, foros, entre otros, que profesionalicen el quehacer sindical de los miembros del sindicato en todos sus niveles.
  • Impulsar la formación, capacitación, actualización y superación profesional sindical de manera integral, permanente y progresiva, considerando deberes y compromisos éticos que contribuyan a fortalecer la nueva cultura sindical.
  • Orientar la formación hacia la vocación de servicio, la responsabilidad, la eficiencia, la eficacia, la transparencia y rendición de resultados de los dirigentes sindicales.
  • Dirigir los programas y contenidos de la formación sindical hacia los agremiados, priorizando la educación, la cultura, la sociedad y la nación, entre otros.
  • Difundir y promover los Documentos Básicos del Sindicato, Acuerdos de Prestaciones, Condiciones de Trabajo, Leyes y demás disposiciones aplicables.
    4. En materia de Formación, Capacitación, Actualización y Superación Profesional, las siguientes:
  • Promover seminarios de Formación, Capacitación, Actualización y Superación Profesional, con programas estratégicos.
  • Demandar de las autoridades un plan de actividades para que los miembros del Sindicato reciban capacitación, actualización y superación profesional, con reconocimiento curricular, que les permita aplicar debidamente los enfoques de los planes y metas del Instituto.
     5. En materia de Formación, las siguientes:
  • Diseñar y planear la Escuela de Formación y Profesionalización Sindical en todos los niveles de la estructura del Sindicato, bajo programas de formación, capacitación, actualización y superación sindical para los agremiados, dirigentes y organizaciones adherentes, cuidando el seguimiento y evaluación de los mismos;
Torre Prisma. Av. Juárez # 101, piso 12, Centro, C.P. 06040, CDMX
1000 - 4622 ext. 1461, 1462, 1463, 1464,1465, 1467, 1468
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